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Instituto Nacional de Salud del Niño (Hospital del Niño)
Reglamento Interno del Asistente Educativo de "Aprendo Contigo"

Artículo 1 - Objetivo

El presente reglamento tiene por objeto regular todo lo concerniente al funcionamiento de la Asistencia Educativa en apoyo al programa "Aprendo Contigo" en el Instituto Nacional de Salud del Niño cuya Aula Hospitalaria  funciona en la Av. Brasil 600, Breña.

Artículo 2 – Requisitos y Obligaciones del Asistente Educativo

Para pertenecer como Asistente  Educativa en apoyo al programa  "Aprendo Contigo" en el Instituto Nacional de Salud del Niño, es indispensable:

2.1. Contar con la disponibilidad de tiempo necesaria.

2.2. Ser mayor de edad.

2.3. Inscribirse, llenando una ficha de datos personales, fotocopia del DNI, una foto y documentos necesarios para su respectivo file, consignando con veracidad todos sus datos. 

2.4. Pasar  por un periodo de prueba de 3 meses realizando las actividades propias del programa. Durante este periodo el Asistente Educativo deberá completar un mínimo de 80% de asistencia, considerando únicamente las faltas por enfermedad como faltas justificadas. 

2.5. Pasado el periodo de prueba se realizará una  evaluación psicológica, que consta de una entrevista personal con las psicólogas del programa.

2.6. Trabajar en  las diferentes áreas del hospital de acuerdo a la rotación programada por la Coordinadora. 

2.7. Asistir a las charlas de capacitación, de acuerdo a la programación establecida.

Artículo 3 - Limitaciones

La inscripción y aceptación de una persona como asistente educativo elimina automáticamente cualquier posibilidad de ocupar plazas de trabajo en el Instituto Nacional de Salud del Niño, cualquiera que sea su naturaleza.

Artículo 4 - Compromiso y Responsabilidades de los Asistentes Educativos.

4.1. Los Asistentes Educativos al obligarse a cumplir con la labor asignada, se comprometen a poner a disposición del programa "Aprendo Contigo", todo esfuerzo y dedicación con un alto sentido de responsabilidad, asistencia y puntualidad.

4.2. El Asistente Educativo deberá ubicar físicamente todo el material requerido para su tarea asignada. Tiene asimismo, responsabilidad directa de todo el material que traslada a las salas. Asimismo deberá cuidar y guardar en su respectivo sitio todo el material utilizado.

4.3. No podrá obsequiar bajo ninguna circunstancia útiles, material educativo,  juguetes, etc. Ni tampoco  podrá regalar o dar comida (galletas, bebida, etc.) a ningún niño sin previa autorización de su coordinadora. 

4.4. El asistente educativo esta terminante prohibido de  dar dinero a los pacientes o a sus familiares.  

4.5. El Asistente Educativo no podrá dejar ausente su lugar de trabajo, salvo por causa mayor y si ha tenido la precaución de contactar con otro Asistente Educativo  que lo reemplace temporalmente.

4.6. El Asistente Educativo propiciará que el ambiente físico sea siempre de alegría y optimismo y el trabajo en equipo.

4.7. El Asistente Educativo reconoce que Aprendo Contigo le brinda todas las medidas de seguridad que estén a su alcance para salvaguardar su salud e integridad.

4.8. El Asistente Educativo asume de manera personal su responsabilidad respecto de cualquier enfermedad, contagio o padecimiento de su actividad.

Artículo 5 - Casos de Inasistencia

En caso de inasistencia, los Asistentes Educativos deberán avisar a sus coordinadoras, con la debida anticipación, tal imposibilidad, para que la coordinadora pueda cubrir su puesto en el turno respectivo. Si el Asistente Educativo incurriera en  tres ausencias injustificadas en el mes, se considerará que no pueda continuar con su labor y será reemplazado por otro Asistente Educativo, a fin de evitar que el programa no pueda cumplir con atender todas las áreas bajo su responsabilidad. El voluntario debe tener como mínimo un 80 % de su asistencia durante el año.

Artículo 6 – Charlas de Capacitaciones y Reuniones Programadas.

Los Asistentes Educativos deberán asistir a las charlas de capacitación y a las reuniones de dinámica grupal que el programa organice, para que estos tengan  mayor eficiencia en sus labores. Es obligatoria la asistencia a dos charlas de capacitación durante el año y a la capacitación general una vez al año.

Artículo 7 - Uniforme

El uniforme esta constituido por un mandil tipo canguro y un marbete. Su uso es obligatorio y deberán llevarlo puesto desde su ingreso al hospital hasta el termino del turno.

Los Asistentes Educativos usarán el uniforme única y exclusivamente durante las horas de su turno. 

El uniforme es de propiedad del programa. El programa lo cederá en uso a cambio de una donación de S/. 25.

Los Asistentes que se retiren del Programa deberán devolver el uniforme.

Artículo 8 - Renuncias

El Asistente Educativo que se encuentre imposibilitado de continuar colaborando con el Programa Aprendo Contigo, deberá comunicarlo a su coordinadora  por escrito con anticipación,  con el objeto de programar su reemplazo.

Artículo 9 - Periodo de Labor

Los Asistentes Educativos se comprometen a prestar su colaboración durante todo el año, de acuerdo a las necesidades del Programa  y de acuerdo al horario al que se  ha comprometido. Si el Asistente Educativo realizara un viaje deberá comunicarlo por escrito indicando las fechas en que estará ausente.

Artículo 10 - Asistencia

Los Asistentes Educativos deberán colaborar con el Programa semanalmente en su  turno respectivo, siendo los puestos rotativos según las necesidades del programa. Asimismo deberá asistir y participar del cierre de día.  

Horario: Lunes a Viernes  9:30 am a 12:30 pm.

Los Asistentes Educativos firmarán su asistencia indicando hora de entrada en el folder de Asistencia del Aula.

La asistencia y puntualidad son muy importantes para la evaluación del desempeño del Asistente Educativo.

Artículo 12 - Comunicaciones

La comunicación interna será a través de las coordinadoras de turno así como también del Boletín mensual Avances Pipo, mediante el cual se informará las actividades que se realizan en las cuatro aulas y los avances del programa. Estos boletines se cuelgan mensualmente en la web.

Artículo 13 - Discreción

El Asistente Educativo deberá tener absoluta discreción en la información recibida durante el ejercicio de sus labores. Asimismo no deberá indagar acerca de la situación médica o económica de los pacientes.

Artículo 14 - Uso de Joyas

El Asistente Educativo podrá usar con el uniforme solamente un par de aretes pequeños, un reloj y aro de matrimonio si lo tuviera en el caso de las mujeres, en el caso de los varones, aro de matrimonio y reloj.  No podrá usar perfume.

Artículo 15 - Ventas

Está terminantemente prohibido realizar todo tipo de ventas (artículos, rifas, etc.) que no sean artículos de  Aprendo Contigo.  

Artículo 16 - Licencia

Si el Asistente Educativo necesitara ausentarse deberá comunicarlo por escrito a la Coordinadora  con la debida anticipación. 

Artículo 17 - Política y Religión

El Asistente Educativo se compromete a no hablar de política ni de religión durante sus horas de trabajo en el hospital.

Artículo 18 - Celular

No está permitido el uso de celular para asuntos personales durante las horas de trabajo en las diferentes salas, ni durante la reunión de cierre de turno. 

Artículo 19 - Disciplina

El Asistente Educativo podrá ser separado después de evaluar una conducta inadecuada que comprometa la moral de la Asistencia Educativa o que en forma repetitiva falte al compromiso que aceptó al ingresar al Programa.

El Asistente Educativo no podrá llevar al aula personas ajenas al voluntariado sin  previa autorización de su coordinadora.

El Asistente Educativo no debe informarse de la condición médica del paciente a través de sus historias clínicas o por medio del personal asistencial.

Artículo 20 - Responsabilidades

El Asistente Educativo deberá ubicar físicamente todo el material requerido para su tarea asignada, llevando control de su existencia para el mejor uso

El Asistente Educativo, durante su turno, no podrá dejar desatendida el área que le ha sido asignada salvo por causa mayor y si ha tenido la precaución de contactar con otra persona responsable que la reemplace temporalmente

El Asistente Educativo propiciará que el ambiente de trabajo sea siempre de alegría y optimismo contribuyendo al buen desempeño del equipo.  

El Asistente Educativo en ningún caso podrá trasladar a un niño fuera del área asignada.

El Asistente Educativo no podrá quedarse a cargo de ningún niño ambulatorio sin la presencia de uno de sus padres o acompañantes.

Los Asistentes Educativos tendrán que respetar las instancias del organigrama para cualquier comunicación o pedido entre ellos y la coordinadora.

Los Asistentes Educativos se comprometen a cuidar el material del aula usándolo y guardándolo al final de su turno comprobando que no quede nada fuera de su lugar y que las piezas estén completas.

Artículo 21-  Actividades recreativas externas

Todo ofrecimiento para realizar una actividad recreativa o educativa externa al programa de Aprendo contigo debe ser consultada con su coordinadora de turno para la organización de la misma.

Artículo 22 -  Responsabilidades, obligaciones y compromisos 

Asistente Educativo acepta desarrollar sus labores en el Instituto Nacional de Salud del Niño, brindado cuidado y atención a los niños pacientes.

22.1. APRENDO CONTIGO, tomando en consideración la labor que realiza el Asistente Educativo, se compromete a aplicar todas las medidas de seguridad que estén a su alcance para salvaguardar su salud e integridad. 

22.2. El Asistente Educativo reconoce que APRENDO CONTIGO le brinda todas las medidas de seguridad necesarias para garantizar su salud e integridad.

22.3 El Asistente Educativo deberá cumplir con las normas de bioseguridad recomendadas por el Instituto Nacional de Salud del Niño.

22.4. El Asistente Educativo asume de manera personal su responsabilidad respecto de cualquier enfermedad, contagio o padecimiento derivado de su actividad.

 
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Teléfono: 4478140

Email: informes@aprendocontigo.com

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